Las 10 preguntas más frecuentes antes y durante la instalación de una máquina recreativa en un bar

Para la instalación de máquinas recreativas en bares, se necesita una licencia de explotación otorgada por la comunidad autónoma correspondiente. La normativa específica varía según la región. La empresa operadora de la máquina suele encargarse de la gestión de esta tramitación burocrática, facilitando el proceso al hostelero.

La rentabilidad de las máquinas tragaperras para un bar es variable. El dueño del bar recibe un porcentaje de la recaudación neta (beneficios tras premios e impuestos), que varía según los contratos de explotación. Es una fuente de ingresos pasivos importante que depende de la ubicación y la afluencia de jugadores

La empresa operadora de la máquina es la responsable de todo el mantenimiento, las reparaciones, la recaudación del dinero y el pago de premios a los clientes. El dueño del bar (hostelero) solo debe permitir el acceso al personal autorizado y notificar incidencias.

Sí, ¡puede ser muy rentable! La instalación de máquinas recreativas en hostelería proporciona un flujo de caja adicional y constante con una gestión mínima por parte del dueño del local. La clave de la rentabilidad es la ubicación del bar y el perfil del cliente habitual.

Se firma un contrato de explotación de máquinas tragaperras o de instalación. Este acuerdo mercantil establece cláusulas clave como la duración (frecuentemente 5 años), el porcentaje de reparto de beneficios, las responsabilidades de cada parte y los términos de exclusividad.

Se desaconseja totalmente y en ocasiones está prohibido por la normativa autonómica o el contrato de explotación. Para evitar problemas legales, conflictos de interés y cumplir con la normativa de juego responsable, ni el propietario ni los empleados deberían realizar una apuesta en las máquinas instaladas en su propio local.

Los ingresos son parte de la facturación del bar y están sujetos al IRPF o Impuesto de Sociedades. Además, la explotación de estas máquinas conlleva impuestos especiales sobre el juego (tasas fijas por máquina), que generalmente gestiona y paga la empresa operadora, afectando al cálculo del beneficio neto a repartir.

El número de máquinas permitidas está regulado por la normativa de cada Comunidad Autónoma. En la mayoría de los casos en España, los establecimientos de hostelería tienen permitido un máximo de dos máquinas tragaperras de tipo B por local, siempre que cuenten con un sistema de activación-desactivación por control remoto.

La resolución de incidencias es responsabilidad de la empresa operadora. Ellos deben ofrecer un servicio de asistencia técnica rápido para reparar la máquina o recargarla de dinero. El dueño del bar solo gestiona el cambio de billetes a monedas a los clientes de forma rutinaria.

Sí, los dueños de bares pueden negociar con la empresa operadora el modelo de máquina a instalar. Nuestra empresa puede ofrecer diferentes modelos y novedades tecnológicas para maximizar el atractivo para los jugadores y aumentar la rentabilidad de la apuesta en el local.

¿Tienes más preguntas?